LXIII Legislatura

 

REFORMAN LEY DE BIENESTAR ANIMAL PARA EL ADECUADO NOMBRAMIENTO DE DIRECTIVOS DE ZOOLÓGICOS Y PARQUES

19 de junio de 2024


Chilpancingo, Gro., 19 de junio de 2024.- Para que se designe a personas que garantice el cuidado óptimo de los animales, el Congreso de Guerrero adicionó la Ley de Bienestar Animal del Estado, estableciendo los requisitos mínimos necesarios que deberán cumplir quienes aspiren a ocupar el cargo de dirección de zoológicos, bioparques y acuarios de la entidad.

Las diputadas y diputados de la LXIII Legislatura consideraron necesarias estas modificaciones ante las diversas irregularidades que se han dado a conocer, como las registradas el año pasado en el zoológico Zoochilpan de la capital del estado.

En el dictamen emitido por la Comisión de Recursos Naturales, Desarrollo Sustentable y Cambio Climático del Congreso, derivado de iniciativa presentada por el diputado Manuel Quiñónez Cortés, se menciona que esta situación es por demás alarmante, y el estado puede quedar en entredicho ante la sociedad por cuanto al cuidado, conservación y protección de la vida silvestre.

Por ello, se consideró de suma importancia establecer nuevos requisitos en este ordenamiento de manera específica, además de los ya establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; esto para garantizar una gestión eficiente, mejorar las condiciones de vida de los animales, promover la educación y conservación, e impulsar la innovación y el desarrollo.

“Si se establecen requisitos que contemplen la experiencia y formación adecuadas en biología, veterinaria, manejo de fauna silvestre y en la gestión de zoológicos, bioparques o acuarios, se aumenta la probabilidad de que la persona seleccionada posea habilidades y conocimientos necesarios para proteger la salud y bienestar de los animales bajo su cuidado”, refiere el dictamen.

Además, agrega que una persona calificada en estos puestos de dirección puede llevar a cabo una gestión eficaz de los recursos, lo que en resultados se traduciría en una mayor eficiencia en la operación y una mejor administración de los recursos públicos que sean destinados a estos centros.

De esta manera, quienes aspiren a ser titulares de zoológicos, bioparques y acuarios en Guerrero deberán poseer título y cédula profesional de médico veterinario zootecnista, biólogo u otra carrera afín a la materia; contar con experiencia previa en manejo, cuidado, protección y conservación de animales de la vida silvestre, de por lo menos 3 años; demostrar conocimientos sobre el cuidado de animales, incluyendo sus necesidades nutricionales, médicas y adaptaciones conductuales, bajo un enfoque de bienestar animal y ético.

Asimismo, para su designación, la o el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semaren) emitirá una convocatoria pública y abierta que se publicará en cuando menos dos periódicos de mayor circulación y en las redes sociales oficiales del Gobierno del Estado, debiendo contener al menos los requisitos de elegibilidad y los documentos que los acrediten, los plazos de inscripción y el procedimiento para su realización.

Asimismo, el o la titular de la Semaren, en un plazo que no exceda los 30 días de emitida la convocatoria, presentará al Ejecutivo estatal una terna con los perfiles profesionales más destacados para efecto de su designación, y en caso de que la convocatoria sea declarada desierta, el o la titular del Poder Ejecutivo hará la designación directa dentro de un plazo de 10 días hábiles.

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