LXIII Legislatura

 

EL CONGRESO APROBÓ LA LEY DE ATENCIÓN A DESASTRES, RECONSTRUCCIÓN Y RECUPERACIÓN DEL ESTADO

18 de junio de 2024


Chilpancingo, Gro., 17 de junio de 2024.- El Congreso del Estado aprobó la Ley de Atención a Desastres, Reconstrucción y Recuperación del Estado de Guerrero, con el objetivo de establecer los mecanismos de acción y reacción que las autoridades estatales y municipales deberán contemplar antes y durante una situación de emergencia ocasionada por fenómeno natural, así como para definir las acciones inmediatas de reconstrucción de la infraestructura afectada y las reactivación de las actividades económicas.

Las Comisiones Unidas de Protección Civil y de Justicia, después de haber valorado los motivos, trascendencia y alcances contenidos en la iniciativa, consideraron que se fundamenta en las disposiciones convencionales, constitucionales y legales, así como en los aspectos de legalidad, homogeneidad en criterios normativos aplicables, y tampoco se contrapone a ningún ordenamiento jurídico en la materia, ante lo cual determinaron su dictaminación en positivo.

Las diputadas y diputados resaltaron que, de modo particular, Guerrero es considerado como un espacio de riesgo sísmico constante y con diversos desastres que victimizan a pueblos y comunidades, no solo como colectividades, sino como familias en lo individual, aunado a las secuelas emocionales que deja en las personas que lo padecen, así como daños muchas veces en sus vidas, en sus propiedades, en los servicios y en la ecología, con costos imprevisibles.

Por ello, reafirmaron su respaldo a la iniciativa de ley promovida por el diputado Héctor Apreza Patrón porque coadyuva a la recuperación ante situaciones de desastre natural, estableciendo parámetros de corresponsabilidad, acciones para la recuperación económica, el restablecimiento de cadenas productivas y de servicios, generación de esquemas de ingreso y autoempleo, garantizando los derechos humanos de las víctimas.

Se establece, asimismo, la creación de un Consejo Consultivo de Reconstrucción y/o emergencia Económica que fungirá como instancia consultiva y de vinculación con los sectores laboral, social, empresarial y financiero, con el Poder Ejecutivo estatal y las organizaciones del sector productivo.

La Ley de Atención a Desastres, Reconstrucción y Recuperación del Estado pretende dar un enfoque más organizativo y preventivo, ubicando en el mismo status a un riesgo, una emergencia y un desastre, considerando los tipo geológico, hidrometeorológico, químico, sanitario y socio-organizativo, no dejando de lado nuevos tipos de fenómenos, tanto naturales como derivados de la acción del hombre.

De la misma forma, establece que las autoridades estatales y municipales deben reconocer, facilitar y promover la participación de la sociedad civil organizada para definir y articular esfuerzos en el diseño e implementación de políticas públicas en materia de preparación, auxilio, atención, procesos de reconstrucción y restablecimiento ante fenómenos que impliquen una situación de desastre, así como regular las acciones de voluntarios, brigadistas y las donaciones de apoyos y asistencia humanitaria para atender y salvaguardar la integridad física, emocional, patrimonial y económica de quienes lamentablemente resulten afectados, entre otras acciones.

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