LXIII Legislatura

 

ANALIZA EL CONGRESO UN EXHORTO PARA QUE CONCLUYA TRADUCCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN A LAS LENGUAS INDÍGENAS

3 de junio de 2024

Chilpancingo, Gro., 03 de junio de 2024.- La Comisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos del Congreso del Estado analiza un exhorto a la encargada de despacho de la Secretaría General de Gobierno, Anacleta López Vega; a los secretarios de Finanzas y Administración y para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos del Gobierno del Estado, Raymundo Segura Estrada y Abel Bruno Arriaga, a efecto de que instrumenten las acciones necesarias para la conclusión de la traducción a las lenguas indígenas de la Constitución Política del Estado, así como su publicación y difusión de manera escrita y oral.

Esto a propuesta de la diputada Gabriela Giles Rodríguez, quien manifestó que en el 2001 se aprobaron reformas a la Constitución Política Federal para fortalecer el reconocimiento a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas del país.

Abundó que con esta reforma constitucional se estableció también que las constituciones y leyes locales deberían realizar el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas específicos, tomando en cuenta, además de los principios generales establecidos en el artículo segundo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico.

Agregó que, como parte de las acciones para garantizar los derechos de los pueblos indígenas, se estableció que el Ejecutivo federal ordenaría que el texto íntegro del decreto señalado se tradujera a las lenguas del país, y se ordena la difusión en las diversas comunidades, sin que a la fecha se haya realizado.

Expuso, asimismo, que en 2014 en Guerrero se aprobaron reformas y adiciones a la Constitución Política local, estableciendo que el estado sustenta su identidad multiétnica, plurilingüística y pluricultural en sus pueblos originarios indígenas, particularmente los nahuas, mixtecos, tlapanecos, amuzgos y sus comunidades afromexicanas, y que el Poder Ejecutivo dispondrá que el texto íntegro del decreto se traduzca y difunda en forma oral y escrita en las lenguas indígenas del estado, en un plazo no mayor de 12 meses contados a partir de la entrada en vigor del decreto.

Sin embargo, Giles Rodríguez indicó que a 10 años de la entrada en vigor del decreto, no se ha cumplido en lo relacionado a la traducción y difusión del texto constitucional en las lenguas originarias de la entidad, y sólo se sabe que desde el 2015 se inició el trabajo interinstitucional, con un avance que está en proceso de validación por parte del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, además de que a los traductores no se les ha pagado por su trabajo.

Por lo anterior, la legisladora planteó exhortar a la encargada citados funcionarios para que se concluya la traducción a las lenguas indígenas de la Constitución Política del Estado, y su publicación y difusión de manera escrita y oral, como lo establece el Artículo Segundo Transitorio del Decreto 453 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 29 de abril de 2014.

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