LXIII Legislatura

 

APRUEBA CONGRESO REFORMAS PARA AGILIZAR Y EFICIENTAR LOS JUICIOS LABORALES DESDE INSTANCIAS DEL PODER JUDICIAL

6 de abril de 2022

Chilpancingo, Gro., 06 de abril de 2022.- Diputadas y diputados de la LXIII Legislatura aprobaron reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado en materia de Justicia Laboral, para que dentro del Tribunal Laboral se cree una instancia que garantice el derecho a una efectiva impartición de justicia en materia civil, penal, familiar, laboral y para adolescentes, a través de magistrados y jueces independientes, imparciales, especializados y profesionales.

En la fundamentación del dictamen, el diputado Jesús Parra García, presidente de la Comisión de Justicia, indicó que estas reformas propuestas por el diputado Carlos Cruz López y el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Raymundo Casarrubias Vázquez, tienen como objeto reforzar el marco normativo para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales que demanda la reforma constitucional en materia laboral.

Agregó que estas modificaciones alinean las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guerrero con el significativo mandato constitucional de impartir justicia laboral desde los poderes judiciales, al tiempo en que se avanza con la implementación de dicha reforma laboral en nuestra entidad.

“Los integrantes de la Comisión coincidimos en que la reforma laboral significa trasladar el actual sistema de justicia laboral que presenta graves problemas de rezago y lentitud, a procedimientos más ágiles a cargo de los tribunales laborales adscritos al Poder Judicial, los cuales estarán dotados de autonomía e independencia en sus decisiones”, apuntó.

Mencionó que algunos de los objetivos de la reforma laboral son establecer la conciliación pre judicial como principal mecanismo para la conclusión de los conflictos laborales; instrumentar un sistema de impartición de justicia laboral pronta y expedita, que responda a los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia.

Además, garantizar la libertad y democracia sindical, la negociación colectiva auténtica y el principio de representatividad en los sindicatos, mediante el voto personal, libre, secreto y directo de los trabajadores; y asegurar que el registro de los contratos colectivos de trabajo, así como de las organizaciones sindicales, se rijan por los principios de certeza, transparencia, democracia y libertad.

De esta manera, agregó que el nuevo sistema de justicia laboral implica que, antes de demandar, se hará el intento de alcanzar un acuerdo en los Centros de Conciliación Laboral, que estarán integrados por profesionales capacitados en medios alternos de solución de conflictos, y de no lograrse una conciliación, éstos podrán acudir a los tribunales laborales dependientes del Poder Judicial, con juicios orales, ágiles, modernos, expeditos y en presencia de un juez.

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