LXIII Legislatura

 

APRUEBA CONGRESO DEL ESTADO REFORMAS A LA LEY DE ENTREGA-RECEPCIÓN PARA EVITAR ACTOS DE CORRUPCIÓN

11 de marzo de 2022

Chilpancingo, Gro., a 11 de marzo 2022.- El Pleno de la LXIII Legislatura aprobó el dictamen de reforma a la Ley de Entrega Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero, para que los funcionarios salientes agreguen a la documentación de entrega los informes que durante su gestión hubiesen realizado; asimismo, proporcionen un domicilio o correo electrónico para oír citas y notificaciones, señalando el medio por el que puede ser emplazado.

En el dictamen de la Comisión de Justicia que fue aprobado con algunas modificaciones, se plantea dar certeza y seguridad a la entrega–recepción para evitar hechos de corrupción, de omisiones o de opacidad, así como fijar las responsabilidades en cuanto al mal uso o perjuicio al patrimonio público.

Agrega que la carencia normativa del proceso de entrega permite discrecionalidades, tales como dejar de entregar bienes que se adquieren con recursos públicos y que no son debidamente enterados ni entregados a las nuevas administraciones.

Agrega que en la Ley de Entrega Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero este asunto se encontraba limitado, propiciando que los servidores públicos incumplieran o realizaran omisiones normativas de procedimiento, lo cual les daba la oportunidad de excusarse y no cubrir principios básicos de la administración pública, como es la eficiencia, eficacia, rectitud, honestidad, legalidad y la verdad.

Además, el funcionario saliente agregará a la entrega recepción los informes que durante su gestión hubiere realizado, de acuerdo a la normatividad y procedimientos que lo rigen, y señalará por las partes un domicilio para oír citas y notificaciones, sea a través de correo electrónico o domicilio físico.

La iniciativa de origen fue propuesta por la diputada Beatriz Mojica Morga, y reforma los artículos 1, 8, 15 tercer párrafo y 21; y adiciona las fracciones IX y X del artículo 9 de la Ley 213 de Entrega Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero.

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