Chilpancingo, Gro., 30 de octubre de 2024.- Para incrementar la penalidad hasta 18 años de prisión contra quienes cometan el delito de pornografía infantil y abuso sexual de menores, la diputada Diana Bernabé Vega propuso reformas y adiciones al Código Penal del Estado.
En su propuesta, la legisladora integrante del Grupo Parlamentario de Morena expuso que si bien es cierto que existen leyes vigentes destinadas a combatir la pornografía infantil, el avance constante de la tecnología ha dejado obsoletas muchas disposiciones legales, por ello la necesidad de adecuarlas a los tiempos actuales.
Refirió que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2022 se registraron 15 mil 100 casos de delitos contra la libertad y la seguridad sexual de menores de edad, de los cuales 10 mil 300 fueron pornografía infantil.
La diputada mencionó que la pandemia por el Covid-19 aumentó el consumo de esta práctica ilícita, ubicando a México en el primer lugar de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes, según informes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
“La situación es tan alarmante que la OCDE sitúa a nuestro país en el primer lugar en elaboración y distribución de pornografía infantil, abuso sexual, explotación, homicidios y trata de menores de edad, y de cada mil casos de abuso sexual infantil y sus modalidades, sólo se denuncian aproximadamente 100, diez de los cuales llegan ante un juez y sólo el 1 por ciento de los imputados es condenado”, subrayó.
Abundó que la pornografía infantil trae consecuencias muy serias en los niños explotados, quienes sufren un trauma psicológico significativo, hecho por el cual es necesario penalizarla de manera ejemplar, como un acto de justicia hacia los menores, y para la construcción de una sociedad más segura, justa y respetuosa con los derechos fundamentales de cada individuo.
La iniciativa plantea reformar el último párrafo del artículo 173 del Código Penal del Estado para aumentar la pena de 12 a 18 años de prisión y de mil 200 a mil 600 días de multa al sujeto activo que cometa el delito de pornografía infantil.
Asimismo, plantea adicionar un párrafo al mismo artículo para establecer que la pena prevista aumente hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.