Chilpancingo, Gro., 04 de junio del 2019.- Con el propósito de armonizar el principio de paridad de género, tanto en la postulación de candidatos como en la asignación de cargos en los tres órdenes de gobierno y órganos autónomos, en observancia a las disposiciones constitucionales y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, se presentaron reformas a las leyes de Instituciones y Procedimientos Electorales, Orgánica de la Administración Pública, Orgánica del Poder Judicial y Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero,
La propuesta de reforma fue presentada por las y los diputados del PRI, PRD, PVEM, PAN, PT, MC y la diputada sin partido Samantha Arroyo Salgado.
Al exponer en tribuna el documento, la diputada Guadalupe González Suástegui dijo que con la modificación a dichas leyes se garantiza el acceso a un escenario de igualdad que permitirá la postulación paritaria, identificando campos de oportunidad en los cuales se pueden adoptar medidas para mejorar las condiciones de participación de las mujeres y ampliando sus posibilidades de acceder a espacios del poder público y de toma de decisiones.
En cuanto a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, se propone regular la integración paritaria del Congreso del Estado; la obligación del Consejo General de emitir las medidas de ajuste necesarias para garantizar la integración paritaria del Poder Legislativo y de los ayuntamientos; la obligación de los partidos políticos de garantizar la paridad de género horizontal en la postulación de candidaturas de diputaciones de mayoría relativa, así como establecer que la lista de regidores iniciará con candidatura de género mujer, continuando con la alternancia.
Respecto a la reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero, se plantea establecer que las secretarias o secretarios de Despacho, subsecretarias o subsecretarios, directoras o directores, jefas o jefes de Departamento y demás funcionarias o funcionarios, serán designados observando el principio de paridad de género, además de regular que la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental seleccionará a los integrantes de los órganos internos de control, observando el principio de paridad de género.
Mientras que la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado es con el fin de establecer que el Tribunal Superior de Justicia del Estado estará integrado de manera paritaria al menos por veinticinco magistrados y magistradas, incluyendo los especializados, así como que en el nombramiento de los jueces se garantizará el respeto al principio de paridad de género.
Mientras que la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero es para regular que los municipios serán gobernados y administrados por sus respectivos ayuntamientos electos popularmente, integrados por un presidente municipal, uno o dos síndicos procuradores y por regidores de representación proporcional, basados en el principio de paridad de género, y que cuando por cualquier circunstancia no se hubiere podido verificar la elección de algún ayuntamiento o ésta hubiera sido declarada nula o no concurrieran los miembros necesarios para la instalación, el Congreso del Estado procederá a nombrar de manera paritaria, entre los vecinos, un Consejo Municipal provisional, en tanto que el Consejo General del Instituto Electoral convoca a elecciones extraordinarias.
Iniciativa
En ese mismo sentido, el diputado Marco Antonio Cabada Arias (Morena) presentó reformas a la Constitución Política de Guerrero en materia de Equidad Política, con la finalidad de incorporar la figura de paridad de género en la ocupación de los cargos de elección popular y libre designación, tanto en los tres poderes como en los organismos públicos autónomos y organismos con autonomía técnica, en los niveles de gobierno estatal y municipal.
Esta reforma busca identificar y reducir las barreras que impiden que las mujeres puedan acceder a las oportunidades laborales en igualdad de condiciones, a fin de incrementar la participación de las mujeres en la fuerza laboral, reducir la brecha salarial de género y promover la participación de las mujeres en puestos de liderazgo, asegurando un criterio estipulado en la Ley para asegurar la participación igualitaria en la definición de candidaturas.
Se obliga también a que los partidos políticos promuevan y garanticen la paridad de género en la integración y postulación d
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