Chilpancingo, Gro., 26 mayo del 2019.- Con el objeto de garantizar y proteger el derecho a la vida y la integridad física de los menores de edad, el diputado Moisés Reyes Sandoval propuso reformas al Código Penal del Estado de Guerrero, para establecer como una agravante cuando el sujeto activo que conduzca una motocicleta transporte en ella a menores de edad, o no auxilie a la víctima del delito o se dé a la fuga.
“Esta reforma es un principio jurídico garantista que nos obliga como órganos legislativos a establecer los mecanismos necesarios que permitan asegurar la efectividad del derecho infantil; es decir, prever los criterios en la legislación que garanticen el ejercicio pleno de sus derechos estipulados en la Ley Número 812 para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guerrero”, resaltó el diputado promovente.
Moisés Reyes, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, expuso que en México fallecieron 2,478 niños menores de 20 años en accidentes de tránsito ocurridos en el 2013.
Agregó que las lesiones por estos accidentes se encuentran entre las tres principales causas de muerte en niños y adolescentes de entre 0 a 19 años. Otro dato, dijo, es que en los accidentes de tránsito mueren tres veces más niños que niñas, y el 47% de estas muertes son peatones, 36% pasajeros, 16% motociclistas y 1% ciclistas”.
Pese a estos datos, lamentó, se observa que el transporte en motocicleta va en aumento, por lo económico que resulta, y ante tal situación, es importante que su uso sea bajo ciertos reglamentos, para que se realice con la responsabilidad debida, ya que el transportar a menores de edad en estos vehículos es atentar contra su vida y su integridad física.
Por esta razón, mencionó, se debe considerar como una circunstancia de culpa grave si con motivo de accidente vial en donde intervenga una motocicleta, en ésta haya sido transportada una persona menor de edad y se causare lesiones graves o perdiera la vida.
Reyes Sandoval acotó que las acciones antes mencionadas no sólo deben quedar establecidas en las leyes, sino que también se debe contar con el apoyo y respaldo de las instancias correspondientes del gobierno del estado y de los municipios, para que en los ámbitos de su competencia tomen las medidas necesarias para prevenir cualquier conducta que atente contra la vida e integridad física de las niñas, niños y adolescentes, así como para sancionar actos que ponen en riesgo a este sector poblacional.
La iniciativa de reforma al Código Penal del Estado fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y dictaminación.
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