Chilpancingo, Guerrero, a 26 de marzo de 2019.- La diputada Erika Valencia Cardona presentó una iniciativa de reformas y adiciones al Código Penal del Estado de Guerrero, para estipular que quien cometa lesiones contra la mujer en razón de género, se le imponga de seis a nueve años de prisión y multa de doscientos a quinientos días de salario mínimo.
También se considerarán lesiones por razones de género cuándo sean provocadas mediante el empleo de ácidos o sustancias corrosivas o cualquier otro elemento nocivo para la salud; cuando las lesiones consistan en la resección parcial o total de los genitales externos femeninos o mamas, así como otras lesiones de los órganos genitales femeninos por motivos no médicos, o previo a la lesión infringida existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso o violencia del sujeto activo contra la víctima.
Y si entre el activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, y se acredita que en virtud de esa relación fueron infringidas las lesiones.
La iniciativa de reforma presentada por la presidenta de la Comisión Para la Igualdad de Género también hace mención al artículo 202 que señala que se impondrán de dos a ocho años de prisión y multa de doscientos a quinientos días de salario mínimo a quien por razones de género cause a persona de otro sexo, daño o sufrimiento económico, físico, obstétrico, patrimonial, psicológico, sexual o laboral, tanto en el ámbito privado como en el público.
Al este artículo se propone adicionar lo siguiente: “La pena aumentará hasta en una tercera parte cuando la víctima sea una mujer y se acredite que la violencia se realiza en razón de su género, ya sea con un enfoque de misoginia, de machismo, sexismo o cualquier otro que denigre a la mujer”.
La diputada de Morena resaltó que por lo anteriormente expuesto, es urgente y necesario reformar el Código Penal para crear un tipo penal autónomo al existente, que tenga como objetivo sancionar las conductas de violencia y lesiones cometidas en contra de las mujeres en razón de su género.
“Es decir, sancionar a quienes lastiman a las féminas por el simple hecho de ser mujer. Para ello se tiene la finalidad de salvaguardar su derecho humano al acceso a una vida libre de violencia; esto en cumplimiento a nuestra Carta Magna y a las leyes que de ésta dimanan, como lo es la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”, exclamó.
La iniciativa de reformas y adiciones fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y dictaminación.
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